EXPEDIENTE DE DOMINIO

El expediente de dominio el medio de obtener la inmatriculación de una finca, es decir el acceso por primera vez al registro de la propiedad del dominio (propiedad) de la finca En la actualidad se tramita exclusivamente por vía notarial y se encuentra regulado en el artículo 203 de la Ley Hipotecaria.

DOCUMENTACIÓN NECESARIA PARA LA TRAMITACIÓN DEL EXPEDIENTE

Para su tramitación es necesaria la presentación de los siguientes documentos:

1- Título de propiedad de la finca:

a.- Puede ser documento público o privado, pero en este caso debe estar presentado ante la oficina liquidadora a los efectos de la liquidación de los impuestos correspondientes.

b.- Debe ser un título por el que al promotor del expediente se le atribuya la propiedad de la finca, generalmente en virtud de un acto o negocio traslativo de domino (compraventa, donación, permuta herencia….).

2.- Certificación catastral descriptiva y gráfica de la finca:

La descripción de la misma que consta en la certificación catastral descriptiva y gráfica debe ser plenamente coincidente con la que consta en el título.-

3.- Es conveniente solicitar certificación del Registro de la propiedad acreditativa de que la finca sobre la que prende tramitar el expediente no consta ya inscrita a favor de otra persona.-

DATOS ADICIONALES NECESARIOS PARA LA TRAMITACIÓN DEL EXPEDIENTE

1.- Relación de datos registrales y catastrales que permitan identificar las fincas colindantes:

a. - Nombre, apellidos y domicilio de los propietarios , según el catastro de las fincas colindantes, si fueran distintos a los que constan en la Certificación catastral descriptiva y gráfica

b.- Nombre, apellidos y domicilio de los propietarios , según el Registro de la propiedad , de las fincas colindantes con la objeto del expediente-

c.- Nombre, apellidos y domicilio de los titulares de cargas y gravámenes existentes sobre las fincas colindantes con la que es objeto del expediente.-

2- Identificación de los derechos constituidos sobre la finca que se pretende inmatricular:

a.- Cargas y derechos constituidas sobre la misma y nombre, apellidos y domicilio de sus titulares.-

b.- Acciones con trascendencia real ejercitadas sobre la finca identificado el nombre, apellidos y domicilio de los actores.-

3.- Identificación de los poseedores y arrendatarios de la finca, con indicación de su nombre y apellidos y domicilios.